Se adecúa mediante la Resolución General (ARCA) 5614   el régimen de emisión de comprobantes, incorporando la obligación de detallar en los comprobantes de venta emitidos, el importe discriminado del impuesto al valor agregado y de los demás impuestos nacionales indirectos que incidan en los precios de las operaciones.
En tal sentido señalamos que las presentes obligaciones son aplicables a partir del 1/1/2025 para el universo de empresas grandes definido en régimen de Factura de Credito Electrónica y el resto de contribuyentes deberá cumplir con dicha obligación a partir del 1/4/2025.
Por último señalamos que los comprobantes que se generen a través del servicio “Comprobantes en línea” o a través de la aplicación “Facturador Móvil” contendrán discriminados los impuestos indirectos a partir del 1° de enero de 2025.