La AFIP publicó los importes de las operaciones a partir de los cuales se deben identificar los datos del consumidor final en las operaciones de venta.

Los nuevos montos son aplicables a partir del 1° de julio y obedecen a la actualización semestral en base a la variación del IPC del periodo enero-julio 2022.

En tal sentido, debe identificarse al adquirente en operaciones de venta minoristas cuando el importe de la operación sea igual o superior a $ 43.010; o cuando la operación sea por un importe superior a $ 21.505 y no se cancele con medios electrónicos de pago autorizados.

También deben identificar al consumidor final los sujetos cuya actividad principal sea “comercialización mayoristasalvo que la operación se realice por un importe inferior a $ 21.505  y sea cancelada por medios electrónicos.

Recordamos que los mencionados importes por operaciones con consumidores finales, se actualizan por semestre calendario (enero y julio de cada año) tomando el IPC conforme a los valores publicados por el INDEC.

¿Qué datos deben contener los comprobantes?

  • Apellido y Nombres.
  • Domicilio.
  • CUIT/CUIL/CDI, en su caso, número de documento de identidad (LE, LC, DNI o, en el supuesto de extranjeros, Pasaporte o CI).