El Ministerio de Trabajo, a través de la Resolución 568/2021 extiende la vigencia del Programa y dispone que la inscripción al “REPRO II”, para el período septiembre de 2021, estará comprendido entre los días 24 de setiembre  y el 30 setiembre.

Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) serán agosto de 2019 y de 2021, pero no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1 de enero de 2019.

El Programa otorga una asistencia de $ 22.000 para las trabajadoras y trabajadores en empresas de sectores críticos, el mismo monto que para los de salud, y los independientes, en tanto que el subsidio a los sectores no críticos afectados es de $ 9.000.

En caso de corresponder para su empresa, usted será notificado en forma particular por nosotros e iniciaremos el tramite a la brevedad.

Puede consultar la normativa aquí: https://www.boletinoficial.gov.ar/detalleAviso/primera/249816/20210921